martes, 9 de diciembre de 2014

Elección de la forma jurídica


Nuestra empresa va a ser una Empresa Social, y dentro de las diferentes formas jurídicas que puede tomar una Empresa Social hemos elegido la Cooperativa.

Lo que define a una Empresa Social de una empresa tradicional radica en la priorización de sus objetivos. Este tipo de entidades, una vez garantizada su subsistencia, priorizan maximizar el impacto social generado frente al beneficio económico creado. En la Ley de Economía Social de Marzo de 2011 se pone en relieve “la primacía de las personas y del fin social sobre el capital“. La actividad productiva es por tanto el medio para alcanzar un impacto social sostenido.

Una cooperativa es una asociación de personas físicas o jurídicas, con intereses y necesidades comunes, que desarrollan una determinada actividad empresarial. Los resultados económicos (denominados excedentes) se imputan a los socios,  una vez atendidos los fondos comunitarios.

Las principales características de nuestra cooperativa están definidas por la Ley 2/1998, de 26 de marzo, de Sociedades Cooperativas de Extremadura.

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